Las instalaciones de servicio y protección de los lugares de trabajo a las que se refiere el apartado 2 del artículo 2 deberán cumplir las disposiciones mínimas establecidas en el presente Vivo Decreto, así como las que se deriven de las reglamentaciones específicas de seguridad que resulten de aplicación. https://consultoresenseguridadsoc52738.pointblog.net/consultor-en-seguridad-privada-opciones-76571531