3. Las operaciones de virtud no deberán constituir por si mismas una fuente de riesgo para los trabajadores que las efectúen o para terceros, realizándose a tal fin en los momentos, de la forma y con los medios más adecuados. La Calidad 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de https://medinaempresarialsst.com/siso/