El artículo 29 de la LPRL establece que los empleados deben colaborar con el empleador en la aplicación de las medidas preventivas. Enfermedad contraídas en el trabajo no catalogada como enfermedad profesional. Las enfermedades, que contraiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo, siempre que se pruebe https://christopherq000atl5.lotrlegendswiki.com/user